Como todos y todas conocéis, en la negociación del XVII Convenio Colectivo, UTO-UGT fue el único sindicato que exigió el mantenimiento del artículo 67, Prima de Participación en Resultados.
Fruto de ello, este año, las trabajadoras y los trabajadores de la ONCE, volveremos a cobrar en la nómina de este mes de abril, la Prima de Participación en Resultados
Como todos y todas conocéis, en la negociación del XVII Convenio Colectivo, UTO-UGT fue el único sindicato que exigió el mantenimiento del artículo 67, Prima de Participación en Resultados.
Fruto de ello, este año, las trabajadoras y los trabajadores de la ONCE, volveremos a cobrar en la nómina de este mes de abril, la Prima de Participación en Resultados, cuyo importe a percibir este año, es con diferencia, el más alto alcanzado desde que conseguimos la implantación del artículo 67.
Recordad también, que en el mes de febrero os comunicamos que se pactó una subida salarial de un 4% con un nuevo formato, 3% sobre el salario base y complemento de escala con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2023 y un 1% en variable, que se abonaba en la nómina del mes de abril en las mismas condiciones recogidas en el art. 67.
Por lo que para el 2023, se abonará a los trabajadores y las trabajadoras las cuantías siguientes:
• 700,97€ por aplicación del artículo 67.
• 161,19€ por aplicación del 1% conseguido en la subida salarial en la negociación de este año.
La cuantía total a percibir por la suma de estos conceptos en la nómina de abril asciende a 862,16€.
En definitiva, entre la subida salarial pactada a propuesta de UTOUGT y la aplicación del artículo 67, Prima de Participación en Resultados, este año se repartirán entre los trabajadores y las trabajadoras, 27 millones de euros más de masa salarial que el pasado año.
Y además, en la nómina de abril se cobrarán las ayudas correspondientes al artículo 88 de Convenio, “Ayudas por hijos e hijas menores y personas con discapacidad dependientes”
UTO-UGT volvió a presentar en la mesa de negociación del XVII Convenio Colectivo, la necesidad de mantener el art. 88 “Ayudas por hijos e hijas menores y personas con discapacidad dependientes”.; se modificó la denominación, pero se mantiene el contenido y los 2,3 millones de euros anuales.
Por tanto, os comunicamos que, en la nómina correspondiente a este mes de abril, las madres o padres con hijos o hijas cuyas edades estén comprendidas entre 1 y 16 años o con discapacidad, cobrarán las ayudas correspondientes por cada hijo o hija de las siguientes cuantías:
• 600,26 € por cada hijo/a de 1 a 3 años, o con discapacidad.
• 273,51 € por cada hijo/a de 4 a 16 años.
UTO-UGT el único sindicato que consigue las mejoras para los trabajadores y las trabajadoras, desde el Reconocimiento Responsabilidad y Reciprocidad.